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Sustentabilidad

Requisitos Generales para la Producción Orgánica N°2

23/04/2010
Requisitos Generales para la Producción Orgánica N°2
Preservación del Ecosistema

Se deben tomar medidas para mantener y mejorar el paisaje y la calidad de la biodiversidad.  Estas medidas pueden ser por ej: mantener áreas extensivas sin cultivar, praderas, bosques, selvas, barbechos prolongados en áreas bajo rotación agrícola, canales, estanques, cañadones u otras áreas ricas en agua que no son usadas para la agricultura intensiva. Áreas silvestres o salvajes que provean hábitat a la flora y fauna nativa del lugar, etc.

Estas medidas se observarán durante la inspección o el operador deberá presentar evidencia documentaria

Está prohibido la eliminación (tumba, roce, quema) del ecosistema primario. Si se realizaran desmontes, el operador debe contar con el permiso oficial para el mismo, y el ente de control (certificadora) exigirá el cumplimiento de lo establecido en dicho permiso.

Conservación de suelo y agua

-Se debe prevenir la erosión eólica e hídrica.

-Se debe restringir al mínimo el roce o limpieza de tierra mediante el quemado de materia orgánica, como por ejemplo la tumba-roce-quema, quemado de paja o restos de cosecha.

-No está permitida la explotación excesiva y el agotamiento de los recursos acuáticos, tanto  de agua superficial como subterránea. Donde sea posible, se debe reciclar el agua de lluvia y monitorear la extracción de agua.

-Las capacidades de carga animal deben ser apropiadas a la disponibilidad de forraje del sistema en cuestión, de forma que no conduzcan a una degradación de la tierra ni a la contaminación de aguas superficiales y subterráneas.

-Se debe evitar la salinización del suelo y agua, producto del mal manejo de recursos.

-Los sistemas de producción de cultivos, procesamiento y manipulación deben devolver al suelo los nutrientes, la materia orgánica y otros recursos removidos del suelo por la cosecha, a través del reciclaje, regeneración y/o adición de materia orgánica y nutrientes.

Fuente: OIA

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